Según el artículo 10.3 del Decreto 73/2011 de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón,Las decisiones colectivas adoptadas por el alumnado a partir del tercer curso de la Educación secundaria obligatoria, con respecto a la inasistencia a clase, no tendrán la consideración de conductas contrarias a la convivencia del centro ni serán objeto de corrección cuando éstas hayan sido resultado del ejercicio del derecho de reunión y sean comunicadas previamente a la dirección del centro por el órgano de representación del alumnado correspondiente.
Han comunicado su adhesión a la huelga en plazo y forma los alumnos de los grupos de 4SB, 4SC, 2BSA y 2BCA.
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